Costos educativos 2027: Resolución 020309 para colegios privados
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Educación privada · Resolución 020309 de 2026

Resolución de costos educativos 2027 (020309): guía para colegios privados

La resolución de costos educativos 2027 es la Resolución 020309 del 31 de julio de 2026 del Ministerio de Educación. Fija cuánto pueden subir la matrícula y la pensión de los colegios privados para el año escolar que inicia en 2027: hasta 11,24%, según el régimen del colegio y los parámetros que acredite. Para aplicarlo, el colegio debe reportar su autoevaluación en el EVI con no menos de 60 días de anticipación a la fecha de matrícula.

Para rectores, administradores, contadores y consejos directivos · 14 min de lectura · Actualizado el 15 de octubre de 2026

Régimen del colegio (lo ve en el EVI)

El régimen sale de la autoevaluación que el colegio reporta en el EVI. «Por certificación» aplica a colegios con certificación o acreditación de calidad; si no reporta a tiempo, queda en régimen controlado (art. 17).

¿El colegio tuvo matrícula en 2024 y 2025?
Nivel del índice de permanencia

Lo publica el Ministerio en el EVI y no se puede modificar.

¿Atiende estudiantes con discapacidad o trastornos del aprendizaje caracterizados en el SIMAT?
¿Acredita el reconocimiento a la labor docente?

Escalafón del Decreto Ley 2277 de 1979 o estructura salarial igual o superior, certificada por contador o revisor fiscal.

Incremento máximo para su colegio
—

Es el tope con los parámetros marcados. El consejo directivo puede aprobar uno menor.

    Tarifas 2027 por grado (opcional)

    Escriba la tarifa base de cada grado. Según los parágrafos segundos de los arts. 5 a 8, el incremento se aplica «sobre la tarifa autorizada para el grado y año anterior».

    GradoTarifa baseMáximo 2027
    —
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    —

    Reporte a más tardar: —

    La norma exige no menos de 60 días antes de la matrícula; confirme el conteo con su secretaría y reporte con margen. Si no reporta a tiempo, el colegio queda en régimen controlado.

    Todo lo que sigue se contrastó con el texto oficial de la resolución, y cada punto indica el artículo del que sale.

    Ficha rápida

    NormaResolución 020309 del 31 de julio de 2026, del Ministerio de Educación Nacional
    Qué regulaLos parámetros para fijar las tarifas de matrícula, pensión y cobros periódicos del año escolar que inicia en 2027
    A quién aplicaEstablecimientos educativos privados de preescolar, básica y media
    Incremento máximo11,24%, sumando todos los parámetros en libertad regulada por certificación o acreditación de calidad
    Base del cálculoIPC a junio de 2026: 6,14%, igual para todos los colegios
    Manual obligatorioGuía 4, versión 11, diligenciada en el aplicativo EVI (adoptada por la Resolución 019805 de 2025)
    Plazo de reporteNo menos de 60 días antes de la fecha de matrícula
    Si no se reportaEl colegio queda clasificado en régimen controlado (art. 17, parágrafo 1)
    Quién expide la tarifaLa secretaría de educación certificada, antes de que inicie el periodo de matrículas (art. 17)

    Cuánto puede subir cada colegio: parámetros por régimen

    El incremento no es un número único. Es una suma de puntos porcentuales: cada colegio suma los parámetros que le aplican según su régimen (artículos 5 a 8). Estos son los valores de la resolución:

    RégimenClasificaciónIPCInclusiónDocentePermanencia
    alto / medio / bajo
    Máximo
    Libertad regulada por certificación o acreditación de calidad (art. 5)1,0%6,14%0,4%3,2%0,5% / 0,33% / 0,16%11,24%
    Libertad regulada por autoevaluación (art. 6)0,83%6,14%0,4%3,2%0,5% / 0,33% / 0,16%11,07%
    Libertad vigilada (art. 7)0,66%6,14%0,4%3,2%0,5% / 0,33% / 0,16%10,90%
    Régimen controlado (art. 8)0,0%6,14%0,4%3,2%0,5% / 0,33% / 0,16%10,24%

    La columna «Máximo» suma todos los parámetros con permanencia alta. Un colegio solo suma los que puede acreditar: sin el reconocimiento docente, por ejemplo, el máximo baja 3,2 puntos. En el régimen controlado, el porcentaje lo fija la secretaría de educación. Y en todos los casos el consejo directivo puede aprobar un incremento menor. Calcule el de su colegio.

    Paso a paso para fijar las tarifas 2027

    1. Diligencie la autoevaluación en el EVI. Use la Guía 4, versión 11, del Manual de Autoevaluación y Clasificación de Establecimientos Educativos Privados, en el aplicativo EVI del Ministerio. Si el colegio tiene más de una jornada, presente un formulario por cada una (art. 2).
    2. Prepare el estudio de costos y la propuesta de tarifas por grado. La propuesta resulta de sumar los parámetros que el colegio puede acreditar.
    3. Apruebe en el consejo directivo, en dos sesiones. La autoevaluación, el estudio de costos y la propuesta de tarifas se aprueban en por lo menos dos sesiones separadas con un mínimo de tres días. En esas sesiones también se aprueba la lista de útiles, textos, uniformes e implementos (art. 14).
    4. Reporte a la secretaría con 60 días de anticipación. Se comunican las tarifas propuestas por grado, los formularios del manual, copia de las actas del consejo directivo y la certificación de la fecha de matrícula, con no menos de 60 días antes de esa fecha.
    5. Espere el acto administrativo. La secretaría de educación expide la resolución de tarifas de cada colegio antes de que inicie su periodo de matrículas (art. 17).
    6. Aplique las tarifas en la matrícula. Los descuentos que otorgue deben quedar detallados en el contrato de matrícula (art. 9).

    Qué pasa si no se reporta a tiempo: el colegio que 60 días antes del inicio de matrículas no haya reportado la autoevaluación en el EVI y entregado sus soportes queda clasificado en régimen controlado (art. 17, parágrafo 1). Ese régimen no suma puntos por clasificación, el porcentaje lo fija la secretaría y además obliga a suscribir un plan de mejoramiento (art. 10).

    En Edtools

    El formulario financiero del EVI sale de su operación del año

    La cartera y los ingresos del año quedan registrados por familia y por concepto. El reporte sirve de insumo para el formulario financiero de la autoevaluación, sin reconstruirlo desde extractos y hojas de cálculo.

    Ver cartera y reportes en Edtools →

    Cómo se aplica el incremento en cada grado

    Los parágrafos segundos de los artículos 5 a 8 distinguen el primer grado de los demás:

    • Libertad regulada: el colegio puede fijar libremente la tarifa del primer grado (o del primer CLEI autorizado).
    • Libertad vigilada y régimen controlado: la tarifa del primer grado se calcula con base en la tarifa autorizada el año anterior para el mismo grado, más el incremento del régimen.
    • En todos los regímenes: para los grados siguientes, el incremento se aplica «sobre la tarifa autorizada para el grado y año anterior».

    Si tiene dudas sobre cuál es la tarifa base de un grado, confírmela con su secretaría de educación antes de liquidar: es la cifra sobre la que se revisará la resolución de tarifas del colegio.

    En Edtools

    La tarifa aprobada, cargada una sola vez

    La tarifa 2027 de cada grado se configura una vez y la liquidación de cada familia sale con ella. La matrícula se hace por grados completos, no estudiante por estudiante.

    Ver cómo funciona →

    Cómo acreditar el 3,2% por reconocimiento a la labor docente

    Es el parámetro que más pesa después del IPC. El artículo 3, numeral 3.5, ofrece dos alternativas:

    1. Soportar que al menos el 80% de los educadores recibe salario según la escala que fija el Gobierno para los docentes que se rigen por el Decreto Ley 2277 de 1979.
    2. Certificar que la estructura salarial del colegio es igual o superior a la del escalafón del Decreto Ley 2277 de 1979. El ingreso al escalafón es facultativo para los docentes del sector privado.

    Para demostrarlo se adjunta en el EVI la certificación del contador público o del revisor fiscal. En la segunda alternativa se agregan el listado de docentes con sus salarios, formación y experiencia; la nómina certificada o el soporte del pago de salarios u honorarios; las planillas de seguridad social y parafiscales, y los documentos adicionales que pida la secretaría.

    Índice de permanencia, inclusión y colegios nuevos

    Índice de permanencia (art. 3.3). Combina tres indicadores con el mismo peso, calculados con la matrícula del SIMAT de 2024 y 2025: permanencia intraanual (estudiantes que no se retiraron durante 2025), permanencia interanual (estudiantes matriculados en 2024 y 2025 de forma sucesiva) y tasa de aprobación de 2024. El resultado se clasifica en alto, medio o bajo para cada una de las ocho regiones del país, y no se puede modificar después de publicado.

    Educación inclusiva (art. 3.4). Suma 0,4% para los colegios que atienden estudiantes con discapacidad o con trastornos específicos del aprendizaje y del comportamiento, debidamente caracterizados en el SIMAT, según el Decreto 1421 de 2017. Cómo se elabora el plan de cada estudiante está en nuestra guía del PIAR.

    Colegios nuevos. Los colegios sin matrícula en 2024 y 2025 no suman inclusión ni permanencia, porque esos parámetros se calculan con el SIMAT de esos años. Solo suman clasificación, IPC y reconocimiento docente (parágrafos primeros de los arts. 5 a 8).

    Descuentos, cobros periódicos y útiles escolares

    Descuentos (art. 9). El colegio puede otorgar descuentos sobre la tarifa autorizada. Deben quedar detallados en el contrato de matrícula y reportarse en el estado de pérdidas y ganancias del formulario 2 del EVI al año siguiente.

    Cobros periódicos (art. 15). Transporte, alojamiento y alimentación se ajustan según los artículos del Decreto 1075 de 2015 que cita la resolución, y solo se cobran a las familias que aceptaron voluntariamente el servicio.

    Otros cobros periódicos (art. 16). Solo son válidos si están fijados de manera expresa en el reglamento o manual de convivencia, con pertinencia y razonabilidad, y se derivan directamente de los servicios educativos ofrecidos.

    Útiles, textos y uniformes (art. 14). No se pueden exigir proveedores ni marcas específicas. El acta del consejo directivo que aprueba la lista completa se anexa en el EVI al hacer la autoevaluación.

    En Edtools

    Que el contrato y el EVI digan lo mismo

    Los descuentos (hermanos, pronto pago, convenios) se registran por familia. Así el valor que se cobra, el que dice el contrato y el que se reporta en el EVI salen del mismo dato.

    Ver descuentos y cartera →

    Pagos atrasados: qué puede y qué no puede hacer el colegio

    El artículo 12 fija el límite. Si la matrícula o las pensiones no se pagan a tiempo, el colegio puede retener los informes de evaluación, salvo que la familia demuestre la imposibilidad de pago por justa causa (Ley 1650 de 2013 y sentencia SU-624 de 1999 de la Corte Constitucional).

    Lo que nunca puede hacer: retener al estudiante en el SIMAT, suspender la prestación del servicio, impedirle presentar evaluaciones o recuperaciones, retirarlo del salón ni excluirlo de las actividades pedagógicas y académicas.

    Para el cierre del año (comisión de evaluación y promoción, recuperaciones e informe final) tenemos una guía con consolidado y actas en Word.

    En Edtools

    Cobrar sin sacar al estudiante del aula

    El cobro se hace con recordatorios por WhatsApp con enlace de pago y factura electrónica con Siigo, y las reglas de acceso a portales se configuran según la política del colegio y la normativa vigente.

    Ver recordatorios y recaudo →

    Checklist de tarifas 2027

    • Fecha de inicio de matrículas definida y certificada.
    • Autoevaluación diligenciada en el EVI con la Guía 4, versión 11 (un formulario por jornada).
    • Estudio de costos del año escolar 2027.
    • Propuesta de tarifas por grado con los parámetros que el colegio puede acreditar.
    • Certificación del contador o revisor fiscal para el 3,2% docente, con sus soportes.
    • Sesión 1 del consejo directivo, con acta.
    • Sesión 2 del consejo directivo, al menos tres días después, con acta de aprobación.
    • Lista de útiles, textos, uniformes e implementos aprobada y anexada en el EVI.
    • Reporte a la secretaría con no menos de 60 días de anticipación a la matrícula.
    • Descuentos detallados en el contrato de matrícula.
    • Otros cobros periódicos fijados en el manual de convivencia.

    Descargue el modelo de actas del consejo directivo

    WORD

    Modelo de actas · Tarifas 2027

    Editable, listo para completar y reenviar al consejo directivo o al contador. Incluye:

    • Las dos sesiones que exige el procedimiento
    • Tabla de parámetros y tarifas por grado
    • Lista de útiles aprobada (art. 14)
    • Certificación de la fecha de matrícula

    Preguntas frecuentes

    Lo que más preguntan rectores y administradores al fijar las tarifas 2027.

    Hasta 11,24%, que es la suma de todos los parámetros de la Resolución 020309 de 2026 en libertad regulada por certificación o acreditación de calidad. Cada colegio suma solo los parámetros que acredita según su régimen, y el consejo directivo puede aprobar un incremento menor.

    Es la Resolución 020309 del Ministerio de Educación Nacional, del 31 de julio de 2026, que fija los parámetros para las tarifas de matrícula, pensión y cobros periódicos de los colegios privados de preescolar, básica y media para el año escolar que inicia en 2027.

    Si 60 días antes del inicio de matrículas no ha reportado la autoevaluación en el aplicativo EVI ni entregado sus soportes a la secretaría de educación, queda clasificado en régimen controlado, según el parágrafo primero del artículo 17.

    Por lo menos dos sesiones separadas con un mínimo de tres días, en las que se aprueban la autoevaluación, el estudio de costos y la propuesta de tarifas. Las actas se anexan al reporte.

    Demostrar que al menos el 80% de los docentes recibe salario según el escalafón del Decreto Ley 2277 de 1979, o que la estructura salarial del colegio es igual o superior. Se adjunta en el EVI la certificación del contador o del revisor fiscal.

    Es un índice calculado con el SIMAT de 2024 y 2025 que combina permanencia intraanual, permanencia interanual y tasa de aprobación. Según su nivel, el colegio suma 0,5%, 0,33% o 0,16%, y no se puede modificar después de publicado.

    No. Los colegios sin matrícula en 2024 y 2025 no suman los puntos de educación inclusiva ni de permanencia; solo suman clasificación, IPC y reconocimiento docente.

    No. Puede retener los informes de evaluación, salvo justa causa, pero nunca retener al estudiante en el SIMAT, suspender el servicio, impedirle presentar evaluaciones ni excluirlo de las actividades académicas, según el artículo 12.

    Fuentes: Resolución 020309 del 31 de julio de 2026 y Guía 4 del Manual de Autoevaluación y Clasificación, del Ministerio de Educación Nacional. Esta guía es de orientación general y no es asesoría jurídica ni contable. Verifique las cifras de su colegio en el EVI y con su secretaría de educación.

    Tarifa 2027 aprobada.
    Ahora, que se cobre sola.

    Con Edtools, la tarifa 2027 por grado, los descuentos por familia, el recaudo, los recordatorios por WhatsApp con enlace de pago y la cartera quedan en un solo sistema. Menos trabajo manual para el colegio, y para las familias pagar es un clic desde el celular.

    Descargar acta modelo