Todo lo que sigue se contrastó con el texto oficial del Decreto 1290, y cada punto indica el artículo del que sale. Si busca el resumen completo del decreto, está en nuestra guía del Decreto 1290.
Ficha rápida
| Norma | Decreto 1290 de 2009, compilado en el Decreto 1075 de 2015 (arts. 2.3.3.3.3.1 a 2.3.3.3.3.18) |
|---|---|
| Quién decide la promoción | El colegio, con los criterios de su SIEE (art. 6) |
| La comisión | La crea el colegio si lo considera pertinente (art. 11, num. 5); su conformación la fija el SIEE |
| Porcentaje de reprobación | No hay tope nacional. El 5% era del Decreto 230 de 2002, derogado |
| Inasistencia | Cada colegio define el porcentaje de asistencia que incide en la promoción (art. 6) |
| Al no promovido | Se le garantiza el cupo en todos los casos (art. 6) |
| Reclamaciones | Por las instancias del SIEE (art. 4, num. 10); el consejo directivo decide (art. 11, num. 7) |
| Grado 11 | Requisitos del PEI, 80 horas de servicio social y 50 horas de estudios constitucionales |
Qué dice la norma sobre la comisión
El Decreto 1290 menciona la comisión una sola vez. Entre las responsabilidades del colegio, el artículo 11, numeral 5, dice que debe «crear comisiones u otras instancias para realizar el seguimiento de los procesos de evaluación y promoción de los estudiantes si lo considera pertinente».
Es decir: la comisión no es obligatoria a nivel nacional, pero si su SIEE la creó, funciona como el SIEE la describe. Casi todos los colegios la mantienen, porque el mismo artículo exige reunir a docentes y directivos para diseñar estrategias de apoyo (num. 3) e informar a las familias el plan de actividades para superar debilidades (num. 4).
Antes de 2010, el Decreto 230 de 2002 (art. 8) la hacía obligatoria por grado, con hasta tres docentes, un representante de los padres de familia que no fuera docente de la institución y el rector o su delegado, que la convocaba y presidía. Esa norma está derogada (art. 19 del Decreto 1290), pero muchos SIEE conservan esa conformación. Revise la suya antes de citar la sesión.
Paso a paso del cierre del año
El decreto no fija fechas para la comisión: las pone el SIEE y el cronograma de cada colegio. Este es el orden que siguen la mayoría de instituciones, con el formato del kit que sirve en cada paso.
- Cierre del último periodo. Los docentes registran valoraciones y asistencia. Coordinación identifica a los estudiantes con desempeño bajo; son las «acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños» que pide el SIEE (art. 4, num. 4).
- Aviso a las familias en riesgo. Antes de la comisión final, se cita al acudiente y al estudiante para presentar el plan de apoyo y acordar compromisos (art. 11, num. 4). Formato 3 del kit.
- Comisión de evaluación y promoción. Analiza los casos, define estrategias de apoyo y da recomendaciones a docentes, estudiantes y familias (art. 11, num. 3 y 5). Formato 1, con la tabla del consolidado de arriba.
- Actividades de apoyo o recuperación. Cada estudiante recibe su plan por área, con fechas y criterios de evaluación (art. 4, num. 6). Formato 2.
- Comisión final. Con los resultados de las recuperaciones, decide la promoción según los criterios del SIEE (art. 6) y lo deja en un acta por grado. Formato 4.
- Reclamaciones. El estudiante o la familia puede reclamar por las instancias y en los plazos del SIEE (art. 4, num. 10). Formato 5.
- Informe final y registro escolar. Se entrega el informe final a las familias y se actualiza el registro de cada estudiante (arts. 16 y 17).
- Grado 11. Se verifican los requisitos de graduación antes de la ceremonia. Formato 6.
La comisión llega con el consolidado hecho
Edtools cruza la asistencia registrada con la regla de promoción de su SIEE y marca, antes del cierre, qué estudiantes están en riesgo. Coordinación lo ve a tiempo para actuar, no el día de la comisión.
Cómo se controla la asistencia en el sistema →Promoción y no promoción
Los criterios los fija cada colegio. El artículo 6 dice que «cada establecimiento educativo determinará los criterios de promoción escolar de acuerdo con el sistema institucional de evaluación», y que definirá también el porcentaje de asistencia que incide en la promoción. No hay un número nacional de áreas perdidas ni de fallas: es el que diga su SIEE.
El 5% ya no existe. El Decreto 230 de 2002 obligaba a promover como mínimo al 95% de los estudiantes de cada grado. El Decreto 1290 lo derogó y no puso ningún porcentaje en su lugar. Si un padre o un docente lo menciona, la respuesta es el artículo 6.
Al no promovido se le garantiza el cupo. Cuando el colegio decide que un estudiante no puede ser promovido, «debe garantizarle en todos los casos, el cupo para que continúe con su proceso formativo» (art. 6). Y el artículo 7, en su segundo inciso, obliga a adoptar criterios y procesos para facilitar la promoción durante el año siguiente de quienes no la obtuvieron.
Antes de la comisión final, revise el SIEE vigente. Si el consejo directivo lo modificó durante el año, la regla que aplica es la que se socializó con la comunidad. Toda modificación sigue el mismo procedimiento de su creación, incluida la aprobación en consejo directivo con acta (art. 8, parágrafo).
Recuperaciones y actividades de apoyo
El SIEE debe incluir «las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes» (art. 4, num. 6), y el estudiante tiene derecho a recibir asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades (art. 12, num. 4). A la vez, debe cumplir los compromisos que adquiera (art. 13, num. 2): por eso conviene que el plan de apoyo quede firmado por el docente, el estudiante y el acudiente.
El decreto no dice cuándo se hacen las recuperaciones, qué se evalúa ni qué nota se registra. Muchos colegios registran la nota mínima aprobatoria aunque el estudiante saque más, pero lo que aplica es lo que diga su SIEE. Escríbalo en el plan para que no haya discusión después.
¿Cuánto necesitan en la recuperación?
La calculadora de notas de Edtools, gratuita, les dice a sus estudiantes cuánto necesitan en el último periodo o en la recuperación para aprobar, con la escala y el redondeo de su colegio. Compártala con el grupo antes de las recuperaciones.
Abrir la calculadora de notas →Informe final, registro escolar y constancias
La periodicidad y la estructura de los informes a las familias las define el SIEE (art. 4, num. 8 y 9). Al cierre del año, el colegio actualiza el registro escolar de cada estudiante, con su valoración por grados y las novedades académicas (art. 16), y expide constancias de desempeño cuando la familia las pida (art. 17).
La constancia importa si el estudiante cambia de colegio: si dice que fue promovido, el colegio que lo recibe lo matricula en el grado al que fue promovido. Si su evaluación diagnóstica muestra que necesita apoyo, debe dárselo; no puede devolverlo de grado (art. 17).
¿Y si la familia debe pensiones? Las resoluciones anuales de tarifas del Ministerio permiten retener los informes de evaluación por falta de pago, salvo justa causa, pero nunca impedirle al estudiante presentar evaluaciones o recuperaciones ni sacarlo del aula. Lo explicamos, con la norma vigente, en la guía de tarifas 2027.
El boletín final y la constancia, del mismo dato
En Edtools el boletín se genera con el formato de la institución y se publica a las familias con trazabilidad de quién lo vio y cuándo. El historial queda por estudiante y los certificados de notas salen al instante, sin reconsolidar archivos.
Cómo funcionan los boletines automáticos →Reclamaciones
El SIEE debe definir «las instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción» (art. 4, num. 10), y el colegio debe divulgarlos (art. 8, num. 6). Lo habitual es un orden de instancias: docente del área, coordinación, comisión o consejo académico y, al final, el consejo directivo, que el decreto señala como instancia para decidir (art. 11, num. 7).
Dos cosas evitan la mayoría de los problemas: responder por escrito y dentro del plazo del SIEE, y decir en la respuesta cuál es la siguiente instancia. El formato 5 del kit trae la solicitud y la respuesta en la misma hoja.
Estudiantes con PIAR
Para los estudiantes con discapacidad, el Decreto 1421 de 2017 modificó la regla de promoción: siguen los criterios del SIEE, pero la decisión tiene en cuenta la flexibilización curricular, su trayectoria, su proyecto de vida, las competencias desarrolladas y el riesgo de deserción. Los ajustes quedan en el PIAR, y al cierre del año se elabora el informe anual de competencias o de proceso pedagógico. Deje constancia de ambos en el acta de la comisión. Todo el proceso, con formatos, está en la guía del PIAR.
Grado 11: requisitos de graduación
El título de bachiller académico o técnico se obtiene al cumplir «todos los requisitos de promoción adoptados por el establecimiento educativo en su proyecto educativo institucional, de acuerdo con la ley y las normas reglamentarias» (art. 18). Dos de esas normas aplican a todos los colegios:
- Servicio social estudiantil obligatorio: mínimo 80 horas en un proyecto pedagógico durante los grados 10 y 11 (art. 6 de la Resolución 4210 de 1996). Es requisito indispensable para el título (art. 7).
- Estudios constitucionales: cincuenta horas, para obtener el título en cualquier modalidad (art. 1 de la Ley 107 de 1994).
El formato 6 del kit es una lista por estudiante con los tres requisitos, para revisarla con secretaría académica antes de la ceremonia.
Checklist del cierre del año
- SIEE vigente a la mano, con la regla de promoción y el porcentaje de inasistencia.
- Valoraciones y asistencia del último periodo registradas por todos los docentes.
- Familias de estudiantes en riesgo citadas, con constancia de recibido.
- Comisión convocada con la conformación que fija el SIEE.
- Consolidado del grado y áreas críticas listos para la sesión.
- Planes de apoyo por área firmados por docente, estudiante y acudiente.
- Acta de promoción por grado, con la garantía de cupo para los no promovidos.
- Decisiones de estudiantes con PIAR documentadas e informe anual elaborado.
- Reclamaciones respondidas por escrito y en el plazo del SIEE.
- Registro escolar actualizado e informe final entregado a las familias.
- Grado 11: requisitos del PEI, servicio social (80 h) y estudios constitucionales (50 h) verificados.
Descargue el kit de cierre del año en Word
Kit de cierre del año escolar 2026
Seis formatos editables, con espacio para el logo de su colegio en el encabezado. Incluye:
- Acta de la comisión de evaluación y promoción
- Plan de actividades de apoyo por área
- Citación y aviso a la familia, con constancia
- Acta de promoción del grado
- Reclamación y respuesta
- Requisitos de graduación de grado 11
Listo, la descarga comenzó.
Si no se descargó, haga clic aquí. Para poner el logo del colegio: clic derecho sobre el recuadro gris del encabezado → Cambiar imagen. Se cambia en todas las páginas.
¿Le sirvió? Compártalo con otros coordinadores
Para que el 2027 empiece configurado
En una llamada corta le mostramos cómo quedan en Edtools la escala de su SIEE, los periodos, la regla de asistencia y los planes de apoyo, para que la próxima comisión llegue con el consolidado hecho.
Agendar una llamada